Saltar al contenido
Ilustración: un hombre lleva una mula cargada de patatas por un camino entre paredes de piedra, con Riofrío de Riaza y la sierra nevada detrás Icono de la UE: contenido generado con IA Ilustración · pueblosrojos.com

1944-1951

Patatas sin guía

1946: mil pesetas de multa en Riofrío de Riaza por mover patatas sin guía. 1951: un camión con harina de Estebanvela, parado en Cerezo de Abajo.

El sábado 27 de abril de 1946, El Adelantado de Segovia traía en la página de información local dos cosas, una debajo de la otra. Arriba, lo que daba la cartilla esas dos semanas. Abajo, la lista de los multados por la Fiscalía Provincial de Tasas. En la lista había un vecino de Riofrío de Riaza:

«[…], de Ríofrío de Riaza, sancionado con multa de 1.000 pesetas, incautación de mercancía y prohibición de ejercer el comercio durante un plazo de tres meses, por transporte de patatas sin guía».

Lo que daba la cartilla

Las raciones de esa quincena, del 29 de abril al 12 de mayo, son las de Segovia capital y los pueblos de alrededor; las de la sierra no vienen. Por persona adulta, para las dos semanas: un cuarto de litro de aceite, 200 gramos de azúcar, 200 de arroz, 300 de alubias, 200 de jabón, 100 de chocolate y 50 de café. A cada niño, además, cinco botes de leche condensada y kilo y medio de harina.

Lo que se comía tenía precio fijado por la autoridad, y moverlo exigía papeles. En enero de 1945 el precio oficial de la patata en toda la provincia era de 0,924 pesetas el kilo.

La guía

Para llevar de un sitio a otro patatas, harina, aceite o trigo hacía falta la Guía Única de Circulación, que daban las oficinas de Abastecimientos. La patata de consumo estaba en la lista de lo que la necesitaba. Y la norma de 1945 era clara:

«Toda mercancía que circule sin la Guía Unica de Circulación, necesitando de este requisito, o que dicha guía no reúna las condiciones de validez exigidas, será decomisada, dándose cuenta a la Fiscalía de Tasas para aplicación de la Ley de 30 de septiembre de 1940 […]».

Dentro de la misma provincia y por carretera, del campo al almacén o del almacén a la tienda, bastaba un papel más sencillo, el «conduce». Adónde iban las patatas de Riofrío, la noticia no lo dice.

Mil pesetas

La ley de 1940 que creó la Fiscalía de Tasas no dejaba margen. Toda infracción llevaba siempre tres cosas juntas: quedarse con la mercancía, una multa «de mil a quinientas mil pesetas» y la prohibición de comerciar o el cierre «durante tres meses, seis meses o un año». Al de Riofrío le pusieron lo menos que se podía poner.

Lo menos eran mil pesetas. En 1946 el salario mínimo de un hombre en el campo era, de media en España, de 9,53 pesetas al día. La multa eran unos cien jornales. Al precio oficial, algo más de una tonelada de patatas.

Si no se pagaba

La misma ley lo decía: quien no pudiera pagar, pagaba con cárcel y trabajo,

«debiéndose satisfacer la multa con detención subsidiaria y trabajo en un Batallón de Trabajadores, a razón de diez pesetas por día, con el límite de un año».

Mil pesetas, cien días. Y el Fiscal Superior podía, además, mandar a cualquiera a un batallón de trabajadores «de tres meses a un año», aunque la multa estuviera pagada.

En los edictos que la Fiscalía de Segovia publicaba en el Boletín Oficial de la Provincia, en 1944, se ve cómo se aplicaba. Si el multado no aparecía, la multa se daba por firme y se ordenaba «el ingreso del sancionado en un campo de Trabajo a sufrir condena durante el plazo legal». A una mujer que había comprado trece kilos de aceite por encima de la tasa, «el ingreso de la sancionada en la cárcel a sufrir prisión durante el plazo legal».

En enero de 1945, por Navidad, la Fiscalía Superior de Tasas dejó salir a los que, por no haber pagado multas de hasta tres mil pesetas, «se encontraban internados en batallón de trabajadores o cárcel».

Riaza, un mes antes

En la lista del 23 de marzo de 1946 venía un vecino de Riaza: mil pesetas y la mercancía, «por transporte de arroz y aceite de oliva clandestinamente». En la misma lista multaban a cinco labradores de Aldeasoña, de mil a dos mil pesetas, «por no entrega de cupos forzosos de cereales»: el trigo que cada labrador estaba obligado a entregar.

1951: el camión de la harina

Cinco años después seguía igual. En julio de 1951 los agentes de la Fiscalía pararon en Cerezo de Abajo, en la carretera de Francia, un camión que iba a Madrid con

«3.000 kilos de harina de trigo, recogida en el pueblo Estebanvela, de esta provincia y comprada a varios vecinos de dicha localidad en el precio de 4’50 pesetas kilo».

El conductor, el dueño, el camión y la harina quedaron «a disposición de la Fiscalía de Tasas». La noticia salió en la prensa de Valencia y de Palencia con el titular «Estraperlistas detenidos». La harina era de varias casas de Estebanvela.

Lo que no dicen los periódicos

Los periódicos dan los nombres de los multados. Aquí no van: les pasó algo malo y en los pueblos puede quedar familia.

Lo que no cuentan es a quién iban las patatas de Riofrío, ni por qué a alguien le merecía la pena arriesgar cien jornales por moverlas, ni cómo se decidía en una casa de Estebanvela vender la harina por su cuenta. Eso se sabe en las casas. Si en la tuya se hablaba del estraperlo, de la cartilla o de alguien a quien multaron, cuéntanoslo.

Los pueblos de esta historia

¿Sabes algo de esto? Lo que hay escrito sale de fuentes públicas, y lo que falta está en la memoria de la gente de estos pueblos. Cuéntanoslo .

Más historias